la Diputación

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (POLÍTICA DE PRIVACIDAD)

1. INTRODUCCIÓN

La protección de datos personales es un derecho fundamental de las personas físicas, reconocido en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y que en España tuvo su consagración en la Sentencia del Tribunal Constitucional 292/2000, de 30 de noviembre, como un derecho autónomo e independiente del derecho a la intimidad. El contenido esencial del derecho a la protección de datos consiste en un poder de disposición y de control sobre los datos personales, que faculta a la persona para decidir cuáles de esos datos proporcionar a un tercero, sea el Estado o un particular, o cuáles puede este tercero recabar, y que también permite al individuo saber quién posee esos datos personales y para qué, pudiendo oponerse a esa posesión o uso.

En su consecuencia, en Europa y en España este derecho fundamental tiene su desarrollo en distintas normas jurídicas concebidas para facilitar a las personas físicas el control de sus datos personales, así como para garantizar la seguridad de los mismos.

De tal modo, la obtención y tratamiento de los datos personales de los interesados a través de los sitios de Internet titularidad del Ayuntamiento se regirán por lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (RGPD), en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que adapta el ordenamiento jurídico español al referido Reglamento (LOPDGDD), en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), así como en la normativa del Sector Público que pueda contener previsiones específicas aplicables en la materia.

2. POLÍTICA DE PRIVACIDAD

2.1. Objeto

La presente Política de Privacidad regula la obtención y tratamiento de los datos personales de los interesados a través del sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento, facilitando a los mismos la información indicada en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679, en forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso.

El usuario del sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento debe leer con atención esta Política de Privacidad, que ha sido redactada con un lenguaje claro y sencillo al objeto de facilitar su compresión, pudiendo así decidir libre y voluntariamente si desea facilitar sus datos personales al Ayuntamiento, a través de los distintos medios habilitados para ello.

El Ayuntamiento se reserva el derecho de modificar en cualquier momento la presente Política de Privacidad, así como su configuración, localización y cualesquiera otros términos generales o particulares, instrucciones o avisos que resulten de aplicación.

2.2. Responsable del tratamiento

El responsable del tratamiento de los datos personales obtenidos a través del sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento es el Ayuntamiento de San Cristobal de Cuéllar, domicilio en Plaza Mayor nº 1 40212 San Cristóbal de Cuéllar , teléfono 921150001 , y correo electrónico info@sancristobaldecuellar.es.

Para ponerse en contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos (DPD), envíele un correo electrónico a la dirección info@sancristobaldecuellar.es (Asunto del mensaje: A/A Delegado de Protección de Datos): le responderá de manera profesional, confidencial e independiente sobre las cuestiones relativas a la protección de sus datos personales.

2.3. Fines del tratamiento

Los datos personales de los interesados obtenidos a través del sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento, serán tratados por el Ayuntamiento de San Cristobal de Cuéllar con las siguientes finalidades:

  • El ejercicio de las competencias y funciones legalmente atribuidas al Ayuntamiento, con base jurídica en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, en los términos previstos en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679.
  • La prestación de servicios a los interesados, con base jurídica en el artículo 6.1 b) del Reglamento (UE) 2016/679: el tratamiento es necesario para la prestación de dichos servicios a los interesados.
  • Para otras finalidades, con base jurídica en el consentimiento previo e informado del interesado, en los términos previstos en el artículo 6.1 a) del Reglamento (UE) 2016/679.

Algunos de los datos personales objeto de tratamiento los facilita directamente el interesado (por ejemplo, cuando cumplimenta un formulario de solicitud) y otros son obtenidos indirectamente a través de herramientas tecnológicas (por ejemplo, cookies).

En este sentido, los medios utilizados por el Ayuntamiento para la recogida de los datos personales de los usuarios son los siguientes:

  • Formularios: a través de formularios electrónicos y formularios descargables, para el acceso y prestación de los servicios del Ayuntamiento, así como para el ejercicio de las competencias y funciones que tiene legalmente atribuidas.
  • Correos electrónicos: las direcciones de correo electrónico de contacto establecidas en el sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento serán consideradas como posibles medios para la recogida de datos personales.
  • Cookies: pequeños archivos que se guardan en el ordenador, tableta o smartphone del usuario cuando visita el sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento. Guarda información sobre cómo usa el sitio cada vez que lo visita (por ejemplo, preferencias como el idioma, tipo de navegador, etc.), qué páginas visita y cuánto tiempo está viendo el contenido de cada una, etc.

Los datos solicitados en los formularios disponibles en el sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento son, con carácter general, obligatorios (salvo que en el campo requerido se especifique lo contrario), ya que los mismos son necesarios para el cumplimiento de los fines que se pretenden alcanzar.

En la utilización de otros medios para la remisión de datos al Ayuntamiento, el usuario deberá aportar únicamente aquella información que sea precisa en cada caso. En este sentido, el usuario asumirá las posibles responsabilidades derivadas de los datos excesivos o inadecuados que, voluntariamente, decida facilitar al Ayuntamiento a través de los medios de recogida de datos establecidos.

2.4. Tratamientos de datos de menores de edad

El Ayuntamiento no autoriza a los menores de catorce años a facilitar sus datos personales a través de los medios habilitados en el sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento (cumplimentación de formularios electrónicos y formularios descargables o envío de mensajes de correo electrónico). Por tanto, los usuarios que faciliten sus datos personales utilizando dichos medios manifiestan formalmente ser mayores de catorce años, quedando el Ayuntamiento eximido de cualquier responsabilidad por el incumplimiento de este requisito.

En aquellos casos en los que los servicios ofrecidos por el Ayuntamiento estén destinados a menores de catorce años se habilitarán los medios para recabar la autorización de los titulares de la patria potestad o tutela del menor.

2.5. Información en la recogida de datos

A fin de hacer compatible la exigencia de información a los interesados, indicada en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679, con la concisión y comprensión en la forma de presentarla, el Ayuntamiento ha adoptado un modelo de información por capas o niveles. Dicho enfoque de información multinivel consiste en lo siguiente:

  1. Presentar una información básica en un primer nivel, de forma resumida, en el mismo momento y en el mismo medio en que se recogen los datos personales del interesado.
  2. Remitir a la información adicional en un segundo nivel, donde se presentan detalladamente el resto de las informaciones, en un medio más adecuado para su presentación, comprensión y, si se desea, archivo (Política de Privacidad y Política de Cookies disponibles en el sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento).

La información básica a los interesados es facilitada según el medio utilizado:

  • Formularios electrónicos y formularios descargables: la información exigida está incluida en el propio formulario de recogida de los datos personales del interesado.
  • Correos electrónicos: la información exigida está disponible al pie de los mensajes correos corporativos del Ayuntamiento.
  • Cookies: la información exigida está disponible en la ventana emergente de información básica y configuración de cookies, en la página de acceso al sitio.

El usuario, garantiza y responde de los aspectos relativos a la legalidad, veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de toda la información y/o documentación que facilite a través del sitio de Internet titularidad del Ayuntamiento, sin que el mismo prejuzgue, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, la corrección de los referidos aspectos por la mera circunstancia de que el usuario la facilite a través de su sitio de Internet.

En el supuesto de producirse alguna modificación en los datos personales del usuario, los cambios deberán ser comunicados al Ayuntamiento, con el fin de mantenerlos actualizados.

2.6. Plazos de conservación de los datos personales

Los datos personales responsabilidad del Ayuntamiento serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no más tiempo del necesario para los fines del tratamiento de los datos personales. En lo tocante a este particular, se tomarán en consideración los siguientes criterios:

  1. La terminación de la finalidad para la que los datos personales fueron recabados.
  2. Los plazos establecidos en la normativa de archivos y documentación aplicable.
  3. La prescripción de los plazos para la para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  4. La existencia de cualquier obligación legal que requiera la conservación de los datos personales.

Los datos personales podrán conservarse durante períodos más largos siempre que se traten exclusivamente con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, de conformidad con el artículo 89, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679, sin perjuicio de la aplicación de las medidas técnicas y organizativas apropiadas que impone dicho Reglamento a fin de proteger los derechos y libertades del interesado.

2.7. Registro de Actividades de Tratamiento

El Ayuntamiento lleva y ha hecho público un inventario de sus actividades de tratamiento, en el que consta la información establecida en el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679, y que está disponible en su sitio de Internet.

2.8. Seguridad de los datos personales

En relación con la seguridad de los datos personales tratados por el Ayuntamiento, se aplicarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, tomando en consideración los riesgos para los derechos y libertades de las personas físicas, los sistemas de información que sirven de soporte a las actividades del tratamiento, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento.

En relación con lo señalado en el párrafo anterior, y atendiendo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2018, se aplicarán las medidas de seguridad que correspondan de las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad, para evitar la pérdida, alteración o acceso no autorizado de los datos personales tratados por el Ayuntamiento.

2.9. Derechos de protección de datos

Los interesados podrán ejercer los siguientes derechos en relación con los tratamientos de datos personales realizados por el Ayuntamiento:

  • Obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento está tratando sus datos personales.
  • Acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para la finalidad para la que los datos personales fueron recabados
  • Solicitar en determinadas circunstancias:

    • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
    • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
    • La portabilidad de los datos para que sean facilitados a la persona interesado o transmitidos a otro responsable, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica.

Así mismo, cuando el tratamiento de los datos esté basado en el consentimiento, el interesado tiene derecho a revocarlo en los términos y condiciones establecidos en la vigente normativa de protección de datos.

A tal fin, el interesado deberá utilizar el modelo de solicitud para el ejercicio de los derechos de protección de datos, disponible en la sede electrónica y en el propio Ayuntamiento.

La presentación de la solicitud para el ejercicio de los derechos de protección de datos podrá realizarse de forma telemática o presencial:

  1. Telemática: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. En este caso, la información por parte del responsable del tratamiento se facilitará por medios electrónicos, a menos que el interesado solicite que se facilite de otro modo.
  2. Presencial: mediante su presentación en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: en los registros de cualquier Administración Pública, en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero y en las oficinas de asistencia en materia de registros.

El Ayuntamiento atenderá las solicitudes para el ejercicio de los derechos de protección de datos en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud.

Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes. El Ayuntamiento informará al interesado de cualquiera de dichas prórrogas en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud, indicando los motivos de la dilación.

En caso de que sienta vulnerados sus derechos en lo concerniente a la protección de sus datos personales, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, con dirección en la Calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, o a través de su Sede Electrónica (www.aepd.es), pudiendo asimismo dirigirse previamente al delegado de protección de datos del Ayuntamiento.

3. IGUALDAD DE GÉNERO

En coherencia con el valor asumido de la igualdad de género y en garantía de eliminación de cualquier discriminación por razón de sexo por dicho motivo, todas las denominaciones que en la presente «POLÍTICA DE PRIVACIDAD» hacen referencia a los usuarios o a los interesados y se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidas por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino.

Emilio Calatayud asegura que "nos ha dado miedo a hablar del principio de autoridad por si volvemos a tiempos pasados"

Las jornadas de formación y sensibilización social "La Violencia: prevención educativa e intervención social" organizadas por la Universidad de Valladolid y la Diputación de Segovia han llegado a su fin con la sesión dedicada al acoso escolar y la violencia filio-parental en la que ha participado el juez de Menores de Granada, Emilio Calatayud con una conferencia magistral en la que ha desengranado algunas de sus famosas sentencias ejemplares.

 Calatayud ha empezado sentando las bases de su alocución diciendo que "no hablo en nombre de los jueces, hablo en mi nombre porque soy padre y ciudadano a parte de juez". Ha continuado aseverando que "en España no tenemos término medio, pasamos de un extremo a otro, antes de la Constitución los menores no gozaban de ningún derecho, ahora los tienen todos. A los menores se les explica constantemente cuáles son sus derechos por eso no sólo piden su respeto sino que lo exigen". Para el juez "la familia es la que está tirando del carro en estos momentos de crisis. Cuando yo era pequeño era mucho más fácil ser padre que ahora. No tenemos que ser colegas de nuestros hijos, tenemos que ser sus padres para lo bueno y para lo malo. Hemos pasado de ser esclavos de nuestros padres a ser esclavos de nuestros hijos".

Cuando en 2007 el Gobierno de Zapatero modificó el artículo 154 del Código Civil que recoge el derecho de corrección, se pasó de "corregir moderadamente las actitudes de sus hijos a que los padres deben educar a sus hijos sin interferir". Para Calatayud "esto ha hecho mucho daño porque los padres están encogidos, no saben qué hacer con la amenaza del ‘a que te denuncio'".

Emilio Calatayud ha señalado que "la delincuencia juvenil está bajando porque de nuevo se está aprendiendo a decir que no y se está promocionando el esfuerzo, sin embargo los delitos filio-parentales están aumentando. Todos los que tenemos hijos menores somos población de riesgo y esto ha pasado porque no ha interesado trasmitir el Artículo 155 del Código Civil. Hay que informarles también de los deberes, no sólo de los derechos". Además, ha indicado que "nos ha dado miedo a hablar del principio de autoridad por si volvemos a tiempos pasados, pero no se puede confundir un cachete con el maltrato". Ahora lo que prima es "el abuso de sus derechos y dejadez de sus deberes para que no pasen lo que nosotros hemos pasado, pero toda autoridad tiene un derecho sancionador, no todo es dialogar".

El juez de menores de Granada ha afirmado que "no me cansaré de pedir un Pacto por el Menor, absolutamente necesario para marcar una línea de actuación".

Al hablar del debate que ha estado en la calle sobre bajar la edad penal del menor ha asegurado que "hay que apretar más a los padres, a la escuela y a la sociedad, antes de pensar en bajar la edad penal del menor". Además ha añadido que "antes de la reinserción siempre tiene que haber una sanción para el delincuente, hay que educar en derechos y en deberes". Calatayud también ha asegurado que "el 80% de los chavales que yo juzgo cometen delitos pero no son delincuentes. Los chavales delincuentes siempre tienen una historia detrás".

En cuanto a las sentencias, ha asegurado que "hay muchas maneras de sancionar, no sólo el internamiento. Yo soy muy partidario de la libertad vigilada, una medida que me gusta mucho son los trabajos en beneficio de la comunidad ("o limpias o te encierro que para eso el juez soy yo") y sobre todo las sentencias ejemplares, tú la has hecho, tú la pagas. Por eso hay que establecer sentencias conforme al delito que hayan cometido".

Antes de su intervención, ha tenido lugar un panel de expertos en el que se han abordado diferentes prismas de la violencia filio-parental moderado por el educador de la Unidad de Intervención Educativa de la Diputación de Segovia, Luis Velasco Rodrigálvarez.

El jefe del Centro de Salud Mental de Santurce, Roberto Pereira ha asegurado que "ahora nos encontramos con una nueva violencia filio-parental, ya no sólo se produce en familias desestructuradas, ahora se relaciona más con el control y el poder para conseguir determinados objetivos". El médico psiquiatra ha indicado que "se da en todo tipo de familias; niños, adolescentes y jóvenes que normalmente sólo practican esta conducta violenta en el ámbito familiar.

El consumo de tóxicos actúa como un facilitador de la conducta violenta pero no es el núcleo central. Es una violencia escalada, empieza con insultos y termina con violencia física". En este sentido, las denuncias de padres a hijos han crecido un 400% en los últimos cinco años, además el 14,2 % de los jóvenes entre 13 y 18 años reconocen 14,2% haber ejercido agresión psicológica severa y el 3,2% agresión física grave. Para Pereira "los cambios sociales que se han producido en los últimos años han favorecido estas situaciones de violencia, entre los que destacan la modificación del modelo educativo que ha pasado del autoritarismo a la permisividad, el distanciamiento entre la familia y la escuela, el menor número de horas de los padres en casa o el atraso en la edad media de la paternidad".  Todo esto hace que la autoridad de los padres disminuya notablemente, "los hijos tienen todo el poder, sin embargo no tienen legitimidad para ejercerlo, tienen que utilizar la violencia para conservarlo". Para concluir Roberto Pereira ha afirmado que "la responsabilidad de la violencia es de quien la ejerce, pero hay que trabajar con la familia, no sólo con el agresor porque si no es fácil que se produzcan de nuevo las mismas situaciones".

 

Tomás Montero

El Jefe del Servicio de Atención y Reinserción de Jóvenes Infractores de la Junta de Castilla y León, Tomás Montero ha hablado sobre la situación legal de los menores en España. Para él existen una serie de falacias en torno la Ley del Menor 5/2000 que "está muy influenciada por la opinión pública hasta el punto de condicionar sus reformas". La primera es que la sociedad demanda un aumento de las penas para la delincuencia juvenil. La segunda es que se produce un adelantamiento en la edad de comisión de delitos, pero las estadísticas ponen de manifiesto que eso no es verdad. A nivel nacional el número de menores que llegan a la fiscalía está descendiendo de forma paulatina, en Castilla y León, de 2002 a 2014, han bajado de 463 a 311. La última de las falacias es que es una ley muy blanda sin embargo si se compara con la Ley 4/1992 en el caso de menores entre 14 y 16 años, se pasa de dos años de internamiento, a cinco años de internamiento seguida de 3 años de libertad vigilada. Por tanto, "se han agravado las medidas y el régimen de cumplimiento".

El perfil del joven que comete este tipo de delitos es el de un varón entre 15-17 años, de clase media y español. Para Tomás Montero, "las causas de la conducta violencia no tienen su raíz en lo biológico sino en causas de tipo ambiental y uno de los grandes problemas es que los padres no confían en que la justicia pueda ayudar a solucionar estas situaciones".

En Castilla y León, 489 menores han tenido algún expediente abierto en por este tipo de violencia, lo que supone un 7,75% del total de menores infractores (6.803). "La gran mayoría de estos menores ha tenido relación con el sistema de justicia exclusivamente por este delito (63,4%) lo que nos hace pensar si hay que catalogarlos de delincuentes o trabajar con ellos en otro sentido", ha concluido Montero.

 

José Ortega Esteban

El catedrático de Pedagogía de la Universidad de Salamanca, José Ortega ha realizado un enfoque sistémico en el que ha destacado la importancia de la familia para encauzar este tipo de casos como "una entidad de la sociedad que recibe influencias sociales y políticas y actúa". Para el profesor, es fundamental ayudar a los padres y establecer programas de ayuda para prevenir este tipo de conductas violentas porque la familia tiene que aportar seguridad y afecto". Para Ortega, "muchas de estas conductas de los hijos vienen provocadas por la falta de presencia e implicación de los padres en la educación de los hijos, el rechazo hacia ellos, los conflictos crónicos o la ausencia de lazos emocionales".

La última de las jornadas ha contado con 8.392 seguidores por medio de la WebTV de la Diputación y su página de Facebook. La mayoría de Segovia, Valladolid, Barcelona, Madrid y Valencia.